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GASTOS HIPOTECARIOS

 

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GASTOS HIPOTECARIOS 

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué gastos puedo reclamar?

Los gastos de formalización de la hipoteca son los importes derivados del pago de notaría, gestoría, impuestos y tasación. 

¿A quién corresponde pagar cada factura?

Factura de la NOTARÍA correspondiente a la Escritura de Préstamo Hipotecario. A medias entre el banco y el hipotecado.

Gastos de TASACIÓN de la vivienda. Al banco.

Factura del REGISTRO DE LA PROPIEDAD por la inscripción de la Hipoteca. Al Banco.

Gastos de GESTORÍA, siempre y cuando su intervención se haya impuesto por el banco. Al banco.

 

¿Puedo reclamar si mi hipoteca está ya cancelada?

Todo el mundo que tenga o haya tenido un préstamo hipotecario puede reclamar los gastos. Tanto si tu hipoteca está activa, como si has vendido tu casa o si has realizado novaciones sobre el préstamo inicial, puedes reclamar los gastos.

 

¿Cuáles son los requisitos para poder hacer la reclamación?

Para poder reclamar los gastos de hipoteca a la entidad financiera, se deben de cumplir los siguientes requisitos
Primero, se tiene que haber constituido el préstamo hipotecario con dicha entidad financiera. En caso de subrogación y al no existir gastos de constitución, no se podría aplicar el caso. 
En segundo lugar, la hipoteca tiene que ser a nombre de un particular y no de una empresa o profesional. 
Por último, hay que disponer de todas las facturas a reclamar, entre ellas la de notario, registro de propiedad y gestoría de la hipoteca.

 

¿Cómo puedo reclamar los gastos de mi hipoteca?

Una vez comprobados los requisitos y si tenemos derecho a reclamar, hay que seguir los siguientes pasos. 

Primero, hay que presentar una reclamación al servicio de atención al cliente de la entidad junto con las facturas adjuntas que acrediten los gastos abonados durante la constitución de la hipoteca. 

El siguiente paso es esperar un máximo de dos meses. El banco debería dar una respuesta en ese plazo, de lo contrario se entenderá como rechazado. 

En caso de no ser atendida la reclamación, habrá que presentar una demanda judicial, que se realizará a través de uno de nuestros abogados. 

 

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TARJETAS REVOLVING

 

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TArJETAS REVOLVING

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué son las tarjetas revolving?

Las tarjetas revolving son un producto financiero muy conflictivo. Aunque las entidades bancarias las colocaron como tarjetas de crédito, lo cierto es que se trata de créditos al consumo preconcedidos.

 

¿Cómo funcionan las tarjetas revolving?

Las tarjetas revolving se han comercializado publicitándose como tarjetas de crédito que permitían aplazar los pagos. Las tarjetas de crédito permiten disponer de dinero, al margen de que lo tengas o no en la cuenta. Llegado el día de liquidación, se calcula cuánto dinero has dispuesto y se te carga en la cuenta.

Pero las tarjetas revolving permiten aplazar el día de liquidación o la cantidad a devolver. Así, en lugar de tener que devolver todo el dinero dispuesto de golpe, puedes reintegrarlo “en cómodos plazos”. Por supuesto, la devolución aplazada (realmente, fraccionada) supone el devengo de intereses. En realidad, el soporte de plástico que te dió la entidad financiera, documenta un crédito al consumo preconcedido. Cada vez que estás disponiendo de capital se te está concediendo un préstamo. Y, como cualquier otro préstamo, posteriormente tendrás que devolverlo a cuotas, con sus respectivos gastos e intereses. El problema es que conforme vayas devolviendo el dinero podrás volver a disponer de él. De modo que, tras realizar una serie de disposiciones, es prácticamente imposible conocer el volumen real de tu deuda.

Cuestión agravada por el hecho de que muchas tarjetas revolving  imponen límites mínimos y máximos de pago. De modo que si tus intereses alcanzan el límite máximo no podrás amortizar el capital. Todo el dinero que ingreses irá destinado a pagar intereses. Lo que implica que jamás podrás cancelar el préstamo.

 

¿Puedo reclamar los intereses de mi tarjeta revolving?

La gran mayoría de las tarjetas revolving se comercializaron de forma opaca. Esto ya permitiría realizar una reclamación por falta de transparencia, aunque habría que demostrar que la entidad incumplió sus obligaciones informativas.

El Tribunal Supremo recientemente ha instaurado una doctrina que rescata la Ley de Usura de 1908.

Según esta norma, los préstamos usurarios están prohibidos, por lo que el prestatario víctima de esta práctica no tendrá que pagar intereses.

Se consideran préstamos usurarios los que estipulen un interés:

– Notablemente superior al normal del dinero.

– Manifiestamente desproporcionado.

– Cuando haya motivos para estimar que el prestatario se vió obligado a aceptar debido a su situación crítica, inexperiencia o falta de comprensión.

– Los contratos que supongan recibir una cantidad mayor de la realmente entregada.

Basándose en esta norma del siglo pasado, el Tribunal Supremo ha determinado que se puede reclamar las tarjetas revolving por resultar usurarias.

 

¿Cómo reclamar los intereses de mi tarjeta revolving?

Existen dos vías argumentales para reclamar la tarjeta revolving :

– Falta de transparencia en la comercialización.

– Nulidad por intereses usurarios.

En general, los abogados especialistas en reclamaciones de tarjetas de crédito estamos optando por la segunda vía. Esto se debe a que la reclamación es mucho más sencilla. Dado que la demostración de la usura es objetiva, la carga probatoria se reduce. Por tanto, es más fácil garantizar el éxito de la demanda.

De hecho, el Tribunal Supremo llega a aceptar tipos de interés que rondan el 20 %. Sin embargo, los intereses devengados por los productos de muchas entidades están en torno al 23%, lo que permite calificarlos de forma objetiva como usurarios.

 

El proceso de reclamación

Este tipo de reclamaciones suelen iniciarse y resolverse en sede extrajudicial. Los bancos ya conocen el resultado de una eventual demanda, así que es muy probable que ofrezcan un acuerdo.

La asistencia de un abogado especialista en la materia garantizará que el acuerdo sea favorable al afectado. Y es que las entidades financieras que han recurrido a esta clase de productos están proponiendo acuerdos parciales para no devolver todas sus deudas. Si el acuerdo no te satisface, tu abogado de BRIONTE LEGAL, presentará la correspondiente demanda. Lo más probable es que solicite la nulidad por usura, aunque probablemente incluya la acción de nulidad por falta de transparencia.

 

CLÁUSULAS SUELO 

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PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué es la Claúsula Suelo y por qué se considera abusiva?

El suelo hipotecario es una cláusula que determina el interés mínimo de una hipoteca variable. Dicho tipo se aplica si el índice de referencia más el diferencial no alcanza el valor establecido.

Antes y durante la crisis, muchas de las hipotecas variables que se concedían tenían esta cláusula suelo, cuyo valor rara vez bajaba del 3%. En consecuencia, cuando el euríbor (el índice de referencia más utilizado) empezó a caer, a muchos hipotecados se les aplicó un tipo mínimo que les hacía pagar más dinero del que hubieran abonado si no existiera ese tope.

Sin embargo, muchas de las cláusulas suelo fueron incorporadas con falta de transparencia por parte de los bancos, pues en muchos casos no explicaron cuáles eran las consecuencias de tener un suelo en la hipoteca. En consecuencia, muchos afectados empezaron a denunciar a su entidad para reclamar que les devolviera lo cobrado de más.

Así, en mayo de 2013, el Tribunal Supremo declaró nulo por abusivo el interés mínimo incorporado a las escrituras con falta de transparencia. Posteriormente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció que los afectados pueden recuperar todo lo pagado de más desde que se les empezó a aplicar el suelo.

 

¿Cómo reclamo la Claúsula Suelo?

Todos los afectados por esta cláusula abusiva pueden reclamar a su banco que les devuelva cada euro pagado de más debido a su aplicación. Para exigir el reembolso de ese dinero existen dos vías: la extrajudicial y la judicial.

– Vía extrajudicial

Desde enero de 2017, los reclamantes pueden exigir a su banco la devolución de lo pagado por el suelo a través del mecanismo extrajudicial gratuito establecido por el Real Decreto-ley 1/2017. El procedimiento es el siguiente:

– Interponer una reclamación formal ante el Servicio de Atención al Cliente del banco que nos aplicó el suelo hipotecario (o de la entidad que haya absorbido el banco original). Todas las entidades deben disponer de un departamento específico para tramitar este tipo de solicitudes.

– Si la entidad acepta la solicitud a trámite, calculará cuánto te debe, nos mostrará un desglose del cálculo y te hará una oferta de devolución en metálico. Paralelamente, también puede hacerte una oferta alternativa: reducirnos el capital pendiente de la hipoteca, invertir ese dinero en un producto de ahorro, etc.

– Si llegamos a un acuerdo, se te devolverá el dinero del modo pactado en un plazo no superior a tres meses a contar desde el inicio del procedimiento.

– En caso de que no se acepte tu reclamación o no lleguemos a un acuerdo en tres meses, el proceso se dará por concluido. Mientras dure el procedimiento, no podremos interponer acciones legales contra el banco y, en caso de que ya existiera una denuncia, esta se congelará hasta su resolución.

-Vía judicial

Consiste en denunciar al banco ante el juzgado. Si el acuerdo planteado por el banco no te satisface, tu abogado de BRIONTE LEGAL, presentará la correspondiente demanda. El plazo para reclamar es motivo de discusión entre juristas: unos defienden que se tiene derecho a recuperar el dinero sin importar el año en el que firmamos la hipoteca, mientras que otros consideran que el plazo prescribe cuatro años después de que se cancele el préstamo, por lo que antes de iniciar cualquier reclamación, haremos un estudio de viabilidad del caso concreto.

¿Las hipotecas del 2020 tienen cláusula suelo?

No exactamente. Desde la sentencia del Supremo de 2013, los bancos dejaron de incluir cláusulas suelo en sus hipotecas variables. Además, desde el 16 de julio de 2019, fecha en la que entró en vigor la Ley Reguladora de Contratos de Crédito Inmobiliario, todas las hipotecas tienen, por defecto, un interés mínimo del 0%. Esta normativa prohíbe a las entidades que apliquen otro tipo mínimo.

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HIPOTECA MULTIDIVISA

 

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HIPOTECA MULTIDIVISA

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué son las Hipotecas Multidivisa?

La hipoteca multidivisa es un tipo de préstamo que permite el pago en otra divisa que no sea el Euro (Dólares, Yenes, Francos suizos etc.). Entre 2006 y 2008, los bancos ofrecieron la hipoteca Multidivisa como un producto muy beneficioso ya que eludían el Euribor -en ese periodo en máximos históricos- y se operaba con divisas que en aquel momento tenían un tipo de interés muy bajo.

¿Quién puede reclamar?

Todas aquellas personas que contrataron este producto financiero y no contaban con los conocimientos suficientes para entender la complejidad del pago multidivisa, o a los que el Banco no informó de los riesgos que este producto financiero suponía.

¿Cuánto puedo recuperar?

La reclamación tiene por objeto convertir la hipoteca a euros desde el momento en que se firmó la misma con la entidad. Tras la sentencia, pasarás a tener una hipoteca en euros con una deuda mucho menor que la actual y, a mayores, la entidad le deberá devolverte todos los importes abonados de más durante el tiempo en que las cuotas de la hipoteca se calcularon y pagaron en otra divisa.

IRPH

IRPH

 

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PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué es IRPH?

Las siglas IRPH significan Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Es un indicador usado por los bancos para actualizar el tipo de interés de las hipotecas y determinar los intereses de los préstamos hipotecarios. Son índices poco transparentes en su cálculo y de fácil manipulación por parte de las entidades bancarias por las que fueron comercializados.

¿Quién puede reclamar la IRPH?

Según una sentencia emitida el 3 de marzo de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) permite que los juzgados españoles consideren abusivo el IRPH si se aplicó sin transparencia. Los posibles casos serían:

– Si la cláusula no tiene una «redacción clara y comprensible».

– Si no te explicaron qué elementos se usan para calcular el interés ligado al IRPH.

– Si no te proporcionaron la evolución histórica de este índice, es decir, su cotización en los dos años naturales anteriores y su último valor.

¿Cómo eliminar el IRPH de la hipoteca?

– Si fue incluido sin transparencia

Tras el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a favor de los afectados por el IRPH, puedes denunciar su aplicación si se cumplen los requisitos mencionados en el apartado anterior. En concreto, puedes reclamar para que lo eliminen y que te devuelvan todo lo que el banco te cobró de más por su culpa, ya que la sentencia de la justicia europea tiene carácter retroactivo.

– Si fue incluido con transparencia

En caso de que te incluyeran el IRPH dándote todas las explicaciones pertinentes, no podrás reclamar que lo eliminen por la vía judicial. Ahora bien, si quieres deshacerte de él, puedes intentarlo por las siguientes vías:

Novación: lo que implica negociar con la entidad para que cambie el índice al que está referenciado tu contrato por otro que te convenga más, como el euríbor.

Subrogación: cambiar tu préstamo hipotecario a otro banco, modificando su índice de referencia.

Cancelación: si las anteriores opciones no funcionan, puedes plantearte pedir una nueva hipoteca sin IRPH y cancelar el préstamo hipotecario actual. Eso sí, esta operación es más cara.

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PREFERENTES

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PREFERENTES

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué son las preferentes?

Las preferentes son un producto complejo que fue vendido a clientes con un perfil ahorrador. Las preferentes se vendieron por los empleados de Bankia como un producto “seguro y garantizado que no tenía riesgo sobre el capital invertido” pero la realidad era distinta, ya que el valor de las preferentes dependía de la solvencia de las entidades y Bankia no atravesaba por un buen momento económico. Además, hubo falta de transparencia porque no se informó correctamente del estado de quiebra técnica de la entidad

¿Quién puede reclamar?

Todos aquellos clientes de la entidad que contrataron este producto financiero. Muchos de estos productos van a prescribir pronto, por eso es fundamental que te informes cuanto antes para recuperar tu dinero.

BONOS CONVERTIBLES

BONOS CONVERTIBLES

 

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PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué son los bonos convertibles?

Se denomina bono convertible a todo aquel bono que tiene la posibilidad de convertirse en acciones. Es decir, confieren un derecho al propietario del bono a cambiar sus bonos por acciones en una fecha determinada. Los bonos convertibles pertenecen a la categoría de deuda subordinada y son un instrumento híbrido de capital puesto que pueden ser tanto títulos de renta fija como de renta variable.
El capital invertido no está garantizado por el Fondo de Garantías de Depósitos y suelen ofrecer rentabilidades superiores a otros títulos de renta fija a cambio de un mayor riesgo.

¿Quién puede reclamar?

Todos aquellos clientes de la entidad que contrataron este producto financiero. El Tribunal Supremo ha dictado sentencia contra una conocida entidad bancaria por la comercialización de bonos convertibles, en dicha sentencia deja claro que los particulares o empresas que hayan comprado bonos convertibles en acciones debían ser «expertos» en el mercado de valores para comprender la complejidad y riesgo del producto.

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